Por: Marianela Samper.
La Habana, 2 ago (RHC) La Gaceta Oficial Extraordinaria número 38, de la República de Cuba, publica este 2 de agosto las modificaciones a 4 normas complementarias de la Ley 118 de la Inversión Extranjera.
Las disposiciones modifican el Decreto 325, referido al Reglamento de la citada ley y 2 Resoluciones del Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
Una relativa a las bases metodológicas para la elaboración de los estudios de viabilidad técnico económica de proyectos con capital extranjero y el reglamento de la Comisión de evaluación de negocios con inversión extranjera.
También el reglamento sobre el régimen laboral para los trabajadores en función de la inversión extranjera, del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social.
Las modificaciones tienen un importante objetivo, agilizar los procesos de presentación al Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera de los negocios con capital extranjero, subrayó en conferencia de prensa Deborah Rivas, directora General de Inversión Extranjera de ese organismo.
Comentó que según lo establecido, los proyectos debían presentarse con un estudio de factibilidad terminado, lo cual suponía hacer un grupo de estudios . El decreto actual autoriza que el expediente se presente con un estudio de pre factibilidad, con lo cual se acelera el proceso de evaluación y presentación del expediente para la aprobación.
De otra modificación del decreto, precisó, indica a los negociadores que desde el principio tienen que dejar muy claro cuáles son los aportes a hacer por ambas partes al capital social y en qué forma van a realizar todas las aportaciones al negocio en un cronograma efectivo.
Se introduce como una orientación en el decreto y como parte del procedimiento de negociación lo cual permite después acelerar el proceso inversionista, se llega a fases más concretas desde el proceso de elaboración del proyecto por ambas partes, aseveró
El lineamiento 78 aprobado en el VII Congreso del PCC expresa: “hay que incrementar la participación del capital extranjero como una fuente importante para el desarrollo del país. Considerarlo en determinados sectores y actividades económicas como elemento fundamental.” .
Con esas modificaciones el cambio sustantivo es que se agilice el proceso de presentación del expediente, eliminando obstáculos previo al establecimiento. No cambia lo regulado en la Ley 118, ni genera por si un crecimiento de inversiones.
Afirmó la directiva que esas modificaciones no pondrán en riesgo al país en ningún proyecto inversionista.
“ Lo único que se esta trasladando es al momento previo a la constitución del proyecto, que se apruebe con la pre factibilidad, pero una vez constituida esa modalidad de inversión extranjera tiene que cumplir con lo que esta en el Decreto 327 del proceso inversionista, es decir hacer la factibilidad, hacer la ingeniería hasta el detalle. Ningún proceso puede evadir ninguna de las normas vigentes en ninguna materia, mucho menos medio ambiental, cuando la propia ley de inversiones tiene un capítulo de protección al medio ambiente. Todo eso queda protegido desde la Ley.
Aseveró que no modifica en nada las normas establecidas en el país para hacer los procesos inversionistas.
Explicó Deborah Rivas que la Comisión de Evaluación en la norma nueva esta integrado por 16 entidades nacionales, autoridades que con un estudio de pre factibilidad van evaluar que el proyecto sea de interés para la nación, preserve la soberanía y el Patrimonio nacional, como se refrenda en el proyecto de Constitución que el pueblo analizará y aprobará en referendo.
“Se trabaja para agilizar el proceso de inversión extranjera, pero no por vender el país,” enfatizó la especialista. Estamos marcando pautas más cortas para ese primer período de negociaciones y presentación a evaluación de los expedientes.
Importante ha sido la Ley de Inversiones y sus normas complementarias, así como la política que estableció la nación en el 2014 de atraer inversión extranjera. Esa norma tiene que ser cumplida y controlada para que cada empresario lo haga mas ágil. Con esto ayudamos a que se acorten esos plazos.”
Las modificaciones a normas complementarias de la Ley 118, de la Inversión Extranjera en Cuba, entrarán en vigor a los 30 días de publicadas en la Gaceta Oficial Extraordinaria Número 38 del 2 de agosto del presente año.