La Paz, 2 ago (RHC) A partir de hoy se puede acceder a la información financiera del presidente boliviano, Evo Morales, y del vicepresidente Álvaro García Linera, tras hacerse efectivas sus solicitudes de renuncia del secreto bancario realizadas en 2009.
Según informó la directora de la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF), Teresa Morales, en esta jornada se dio curso a los pedidos realizados por ambas autoridades nueve años atrás, como muestra de transparencia y honestidad, y en el portal digital de la institución (www.uif.gob) se publicó el resumen de sus estados financieros.
Destacó que 'es la primera vez, es el primer presidente del mundo que tiene publicadas sus cuentas en internet'.
La información publicada es retroactiva, pues muestra los estados financieros del presidente y del vicepresidente a partir de enero de 2006, cuando asumieron su primer mandato, hasta la fecha.
Significó que estos datos serán actualizados y publicados periódicamente hasta que ellos dejen de ejercer sus funciones públicas.
El artículo 33 de la Constitución Política del Estado Plurinacional dispone que las operaciones financieras realizadas por personas naturales o jurídicas, bolivianas o extranjeras, gozarán del derecho a la confidencialidad.
Sin embargo, estas autoridades se acogieron a lo regulado en el artículo 20 de la Ley de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito, Investigación de Fortunas 'Marcelo Quiroga Santa Cruz', que establece la posibilidad de que los servidores públicos presenten ante la UIF su renuncia voluntaria al secreto bancario.(Fuente:PL)
La información publicada es retroactiva, pues muestra los estados financieros del presidente y del vicepresidente a partir de enero de 2006, cuando asumieron su primer mandato, hasta la fecha.
Significó que estos datos serán actualizados y publicados periódicamente hasta que ellos dejen de ejercer sus funciones públicas.
El artículo 33 de la Constitución Política del Estado Plurinacional dispone que las operaciones financieras realizadas por personas naturales o jurídicas, bolivianas o extranjeras, gozarán del derecho a la confidencialidad.
Sin embargo, estas autoridades se acogieron a lo regulado en el artículo 20 de la Ley de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito, Investigación de Fortunas 'Marcelo Quiroga Santa Cruz', que establece la posibilidad de que los servidores públicos presenten ante la UIF su renuncia voluntaria al secreto bancario.(Fuente:PL)