La Habana, 23 abr (RHC) El Tribunal Supremo Popular ratificó y elevó, en algunos casos, las sanciones a implicados en un lavado de activos, desfalcados al programa Medicare en Estados Unidos, y en otros delitos asociados, cometidos en Sancti Spíritus y La Habana, informa Cubadebate en referencia al periódico espirituano Escambray,
Si el turista español Sinfo G. se hubiera decidido hospedar por cuarta vez en la Casa Amador, sita en el Vedado, se hubiera dado de narices con la puerta del apartamento. Similar le hubiera sucedido a la argentina Andrea E., quien también prodigó elogios al hostal en TripAdvisor, el mayor sitio web de viajes del planeta.
Que está localizado en un excelente lugar; que el confort no encuentra igual; que Brian y el resto de su equipo son anfitriones geniales. Llueven las alabanzas en la web de viajeros.
“Gracias por recomendarnos a ojo cerrado. Todos nosotros esperamos tener la oportunidad de darle la bienvenida de nuevo”, le respondió Brian Rangel Pérez a Dolly Yolima en TripAdvisor. ¿De nuevo? Vaticinó mal el encargado del hostal; no porque a esta colombiana le faltara dinero para retornar a La Habana. Otro es el motivo: las autoridades cubanas cerraron este negocio privado a cal y canto en el 2016.
La Casa Amador, también conocida como Papo’s House, nació a la sombra de un lavado de activos, con matriz en Estados Unidos, reseñado por Escambrayen el reportaje"Conexión espirituazna ne la estafa al Medicare" en diciembre del 2017.
Pieza clave en la consumación del delito devino el espirituano, residente en Miami, Orelvis Olivera Amador (Papo), detenido en septiembre del 2014 y luego sancionado por la Corte del Distrito Sur de la Florida debpor una estafa al programa federal Medicare ascendente a unos 7 millones 300 mil dólares, razón por la cual cumple una pena privativa de libertad en aquel país.
A partir de las posibles ramificaciones en la isla del actuar delictivo de Olivera Amador, Cuba tomó cartas en el asunto y, en específico, la Fiscalía Provincial de Sancti Spíritus desarrolló un acto administrativo contra este ciudadano cubano-estadounidense y seis de los terceros beneficiados o testaferros.
Al amparo del Decreto-Ley No. 149, el patrimonio ilegítimo confiscado sumó casi 6 millones 500 mil pesos en moneda nacional, incluidos en la cifra, entre otros bienes, un auto, cuatro viviendas, cuentas bancarias y dinero en efectivo.
—Papo es muy hábil para los negocios.
Los jueces de la Sala Primera de lo Penal, perteneciente al Tribunal Provincial Popular (TPP), escucharon letra a letra esta frase pronunciada por un testigo allegado a Olivera Amador, durante el juicio oral contra este último y otros 13 acusados en la causa No. 136 del 2017, seguida por los delitos de lavado de activos, evasión fiscal, evasión fiscal de carácter continuado, falsificación de documentos públicos y enriquecimiento ilícito.
Pero la habilidad se torna, en ocasiones, efecto bumerán, como lo demostró en la vista oral el oficial del Ministerio del Interior que desmontó una a una las inversiones emprendidas en Sancti Spíritus y La Habana por Olivera Amador con el dinero proveniente de su desfalco al Medicare.
Dicho testigo aportó valiosos elementos acerca del rol de los demás encartados —en su mayoría familiares y amistades— en la adquisición de bienes muebles e inmuebles y en la administración que algunos hacían del efectivo estafado en EE.UU.
La suma millonaria tuvo entre sus destinos no solo la compra de dos autos y de viviendas; sino la remodelación de algunas de estas —adquisición de materiales y pago de mano de obra mediante—, la construcción de una con un restaurante privado en su segundo nivel, y el funcionamiento de ese Paladar en Zaza del Medio y otro en la ciudad del Yayabo, así como de la Casa Amador.
Estos negocios, cuyos medios, útiles y equipos electrodomésticos para la prestación de servicios salieron del bolsillo de Olivera Amador, acrecentaron las ganancias y encubrieron —como el resto de las propiedades adquiridas— el origen del dinero mal habido.
¿Desconocían los testaferros de Papo la procedencia ilícita de las elevadísimas cuantías del capital invertido por este en Cuba? El Tribunal espirituano sostuvo que los también conocidos como prestanombres —en el caso de marras una amistad, la madre del acusado principal y otros familiares de este— tenían plenitud de facultades para inferir racionalmente que el dinero utilizado en las adquisiciones y transferencias de bienes y derechos ejecutadas en territorio nacional provenía de un delito cometido en el exterior.
Tal enunciación descansa en varias razones: en los estrechos vínculos afectivos de los testaferros con Olivera Amador; así como en el dominio y pleno conocimiento que los residentes en Cuba tenían, en la mayoría de los casos, en cuanto a la reiteración, diversidad y amplio número de propiedades y bienes obtenidos a altos precios por el cubano-estadounidense.
Entre los prestanombres ocupa un sitio relevante Brian Rangel Pérez, quien, tanto en el proceso investigativo como en el acto del juicio oral, no negó los vastos poderes concedidos a él por Orelvis Olivera para, primero, localizar y remodelar una vivienda en La Habana con miras a instalar un hostal y, luego, administrar su funcionamiento y depositar las utilidades en una cuenta bancaria a nombre de la madre de Papo, propietaria en papeles de ese apartamento en el Vedado.
— ¿Qué vía utilizó Olivera Amador para hacerle llegar a usted el dinero que pedía el dueño del apartamento y así completar la triple permuta?, preguntó a Rangel Pérez la fiscal actuante Aracelia Cepeda Valle.
La representante del Ministerio Público sabía la respuesta a pie juntillas, pero necesitaba que los jueces tomaran nota de ello.
—Papo me envió el dinero con su mamá, en uno de los viajes que ella hizo a Miami. Fueron 17 000 CUC, aseguró Brian, mientras la Fiscal asentía con la cabeza.
Ciertamente, la madre del encartado fundamental —declarado ausente y juzgado bajo tal condición— viajó seis veces a EE.UU. del 2010 a 2015; en tanto, Orelvis Olivera, quien residía en Zaza del Medio y abandonó legalmente Cuba con destino Panamá en el 2005, visitó la isla en 26 ocasiones en el período 2007-2014.
Este acusado apeló también a su mamá, igualmente enjuiciada, para introducir en la isla parte del monto estafado en la Florida, el cual ni ella ni él declaraban al ingresar a nuestro país, en menoscabo de las regulaciones de la Aduana General y del Banco Central de Cuba.
Cuando los clientes del restaurante localizado en Independencia (sur) 12-A, en la ciudad de Sancti Spíritus, se sentaban a saborear la especialidad de la casa —el plato Papo’s Boulevard Mar y tierra, preparado con camarones, pollo y cerdo grillé—, ya otro delito rondaba a ese negocio: el de evasión fiscal.
Durante el acto de compraventa del inmueble, la vendedora y el familiar a quien Olivera Amador designó para adquirirlo declararon 18 mil pesos ante el notario, cuando en realidad la compradora erogó 400 mil, cifra aportada por Orelvis.
Así ocurrió con el resto de las viviendas y los vehículos adquiridos gracias al dinero del cubano-estadounidense, cuyos precios informados a los funcionarios públicos, incluidos los de la Oficina Nacional de la Administración Tributaria, siempre resultaron inferiores con el propósito de pagar menos impuestos. Es oportuno aclarar que todos los contribuyentes abonaron sus respectivas deudas, previo al juicio oral.
Además, el Tribunal espirituano encontró pruebas suficientes para sostener que determinados encausados enmascararon compraventas con actos de donación de bienes, sin olvidar otro actuar delictivo: la falsificación de documentos públicos, verificada cuando dos acusados ofrecieron datos falseados a la hora de formalizar matrimonio con el objetivo de que la mujer obtuviera la propiedad de la vivienda perteneciente a su “cónyuge” en papeles.
La Sala Primera del Tribunal Provincial solo absolvió a uno de los 14 implicados en la causa 136 del 2017, a cuya sentencia tuvo acceso Escambray.
Al interponer los sancionados recursos de casación, la última palabra la dio el Tribunal Supremo Popular (TSP), que en la mayoría de los casos (11) ratificó las condenas impuestas por el TPP, y en dos, las elevó.
Por el lavado de activos, Orelvis Olivera recibió una pena de 10 años de privación de libertad. Atendiendo a ese delito y al de evasión fiscal, el TSP modificó a Brian Rangel Pérez la sanción conjunta y única de cinco años, solicitada por el TPP, a seis años de privación de libertad.
El propio órgano aumentó a una de las enjuiciadas la pena conjunta por falsificación de documentos públicos y evasión fiscal y le determinó cinco años de privación de libertad, subsidiada por trabajo correccional con internamiento.
En dependencia del delito incurrido y la gravedad de los hechos, el TSP confirmó al resto de los acusados sanciones que van, según el caso, desde una multa de 2 000 pesos, hasta cinco años de privación de libertad, subsidiada por trabajo correccional con internamiento.
La máxima institución judicial cubana revalidó, además, el decomiso de bienes como medios electrodomésticos y otros recursos, unido a viviendas ubicadas en La Habana, Zaza del Medio y Sancti Spíritus, incluido en este último lugar el apartamento devenido paladar; allí cierto día del 2016, ante la mirada curiosa de los transeúntes, bajaron de su fachada el cartel lumínico que rezaba: “Papo’s boulevard restaurant, donde el sabor es único”. A la luz de los hechos y de hoy, diríamos mejor, donde el sabor ERA único e, incluso, amargo y con tufo a billete verde.
(Cubadebate-Escambray)