Aprueban en Bolivia decreto para beneficiar a personas vulnerables

Eldonita de Nuria Barbosa León
2021-02-12 18:36:06

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La Paz, 13 feb (RHC) La Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) aprobó el decreto presidencial que concede amnistía e indulto por razones humanitarias a víctimas de retardación de justicia en situación vulnerable, en el marco de la prevención del riesgo de incremento de casos de contagio de COVID-19 en los penales y la restitución de derechos a perseguidos.

La norma pretende resguardar la vida, la salud e integridad de personas privadas de libertad, por el incremento de contagios por el COVID-19 y ante el hacinamiento en los centros penitenciarios del país.

Asimismo, tiene como fin el restablecimiento de los derechos civiles y políticos, en procura de celeridad y debido proceso, para aquellas personas que se encuentran procesadas, como consecuencia de los conflictos políticos y sociales, caracterizados por vulneraciones masivas y generalizadas de derechos fundamentales y garantías constitucionales, suscitadas durante la crisis política institucional del Estado acontecida en el país entre el 21 de octubre de 2019 y el 17 de octubre de 2020.

La sesión de este viernes se caracterizó por un debate en el que representantes de la oposición rechazaron, en varias intervenciones, la aprobación del documento por considerarla política; sin embargo, legisladores del oficialismo argumentaron la importancia de la norma en beneficio de víctimas de la retardación de justicia, sobre todo en un contexto marcado por la pandemia del COVID-19 y tomando cuenta que solo 15 de los 98 recintos cuentan con ambientes exclusivos de atención médica.

Según estudios recientes de la Defensoría del Pueblo, el nivel de hacinamiento en los 98 recintos carcelarios de todo el país es de 225%. Es decir que cada recinto penitenciario alberga un número de privados de libertad que representa el doble de su capacidad.

A los más de 19 mil privados de libertad registrados en el censo de 2019, se sumaron los perseguidos políticos del gobierno de facto de Jeanine Áñez. Aproximadamente 1500 personas sufrieron persecución, procesamiento y encarcelamiento de ese régimen inconstitucional.

La norma gubernamental, contenida en 5 capítulos y 13 artículos, señala que la crisis política institucional ocurrida en noviembre de 2019, devino en una persecución política en contra de quienes salieron en defensa de la democracia, ejercieron su derecho a la protesta, la libertad de expresión y de asociación.

El uso excesivo de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas (FFAA) y la Policía, las detenciones ilegales y la violación del derecho a la vida, integridad, libertad e igualdad y no discriminación fueron constatados en sendos informes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la Defensoría del Pueblo de Bolivia y la Asamblea Legislativa Plurinacional.

La norma también alcanza a los que se encuentran privados de libertad debido a la retardación de justicia. Es decir, a quienes hayan cumplido o excedido con detención preventiva el tiempo de la pena establecido en la sentencia condenatoria en primera instancia sin que haya sido ejecutoriada; haber superado el tiempo máximo previsto para la duración de la etapa preparatoria sin que se instaure el juicio oral; o haber superado el tiempo máximo de duración legal del proceso penal sin que se cuente con sentencia condenatoria ejecutoriada.

El decreto presidencial, en su capítulo III, artículo 8, parágrafo I y siguientes, señala que se concede indulto a las personas que cuenten con sentencia condenatoria ejecutoriada por procesos penales iniciados durante el gobierno de facto, en franca vulneración de los derechos humanos, garantías y libertades constitucionales, por la presunta comisión de delitos que tengan relación directa con los conflictos sociales dentro la crisis política institucional del Estado acaecida en el país entre el 21 de octubre de 2019 y el 17 de octubre de 2020.

El decreto presidencial excluye del indulto y amnistía a quienes cometieron delitos de genocidio, asesinato, parricidio, feminicidio, infanticidio, homicidio, trata de personas, tráfico de personas, robo agravado, secuestro, contrabando, tenencia de armas no convencionales y tráfico ilícito de armas, delitos financieros y contra la libertad sexual.

Tampoco alcanza a los delitos previstos en la Ley de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas Marcelo Quiroga Santa Cruz, con excepción del primer párrafo del artículo 154, incumplimiento de deberes y artículo 149, omisión de declaración de bienes y rentas.

A quienes cometieron delitos de violencia contra las mujeres previsto en la Ley Integral Para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia, la Ley Contra el Acoso y Violencia Política Hacia las Mujeres y delitos cuya víctima sea una niña, niño, adolescente, personas incapaz o víctimas múltiples.

No accederán aquellas personas beneficiadas con otros decretos presidenciales de amnistía o indulto en los 3 años anteriores a la vigencia de la presente norma.

En noviembre de 2019, Áñez asumió la Presidencia tras un golpe de Estado, a partir de cuya fecha se asesinaron a 37 ciudadanos en Sacaba (Cochabamba) y Senkata (El Alto) y se violaron de forma sistemática los derechos humanos, la libertad de expresión, se persiguió y encarceló a alrededor de 1.500 personas.

En la actualidad, expertos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) investigan los hechos de violencia registrados en Bolivia entre noviembre y diciembre de 2019.  La Asamblea Legislativa Plurinacional recomendó en octubre de 2020 al Ministerio Público iniciar un juicio de responsabilidades contra Áñez por las masacres. En dicho documento se le acusa por la presunta comisión de los delitos de genocidio, tortura, desapariciones forzosas y otros.

Fuente: Agencia Boliviana de Información



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