Las diez comisiones permanentes de la ANPP

Eldonita de María Candela
2018-06-02 12:06:45

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Las comisiones de trabajo tienen como funciones, auxiliar a la Asamblea Nacional y al Consejo de Estado en la más alta fiscalización de los órganos del Estado y del Gobierno, elaborar proyectos de leyes y acuerdos, dictaminar sobre los asuntos que se sometan a su examen, realizar los estudios que se les encomienden, y participar en la comprobación del cumplimiento de las decisiones adoptadas por la Asamblea Nacional y el Consejo de Estado que se programen en sus planes de trabajo.

Las diez comisiones permanentes de la ANPP

  1. Asuntos Constitucionales y Jurídicos: Presidente, José Luis Toledo Santander
  2. Relaciones Internacionales, Presidenta: Yolanda Ferrer Gómez
  3. Atención a los Servicios, Presidenta: María del Carmen Concepción González
  4. Salud y Deporte, Presidenta: Yamilka Rodríguez
  5. Asuntos Económicos, Presidente: Oscar Luis Mentón
  6. Atención a la Niñez la Juventud y la Igualdad de Derechos de la Mujer, Presidenta: Arelis Santana Bello
  7. Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, Presidente: Andrés Castro Alegría
  8. Industria, Construcciones y Energía, Presidente: Santiago Lage Choy
  9. Defensa Nacional, Presidente: José Antonio Carrillo Gómez
  10. Agroalimentaria, Presidente: Ramón Betancourt

Funciones:

  • Preparar proyectos de leyes, reglamentos y acuerdos, así como proponer las modificaciones que correspondan a la legislación vigente y ejercer la iniciativa legislativa;
  • Elaborar dictámenes sobre proyectos de leyes, acuerdos e informes que se sometan a su examen;
  • Realizar estudios e informes sobre asuntos que, por su naturaleza y contenido, resulten de interés nacional;
  • Comprobar el ejercicio y cumplimiento que las asambleas locales del Poder Popular hacen de sus atribuciones constitucionales, de las leyes, de los reglamentos y de las decisiones de los órganos superiores del Estado en cuanto les concierne emitiendo las consideraciones que resulten;
  • Informar al Presidente de la Asamblea Nacional y a ésta sobre la marcha del trabajo, cuando les sea solicitado;
  • Verificar, el cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Asamblea Nacional que corresponden a su esfera de trabajo;
  • Promover el control y la participación popular en el cumplimiento de los objetivos priorizados por el Presidente de la Asamblea Nacional.


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