Por Nicanor León Cotayo
Este martes reiteraron en Caracas que su Asamblea Nacional (Parlamento) tiene facultades limitadas. Difundido por la agencia española EFE lo puntualizó el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), máxima instancia en ese terreno.
Advirtió que “la Constitución prevé” límites democráticos" a la tarea fiscalizadora del Parlamento al Gobierno de Nicolás Maduro.
La sentencia se produce cuando la oposición ha citado a diversas autoridades a presentarse en la Asamblea.
Asimismo anunció que tratará de adelantar el fin del actual mandato presidencial a través de modalidades distintas a un referendo revocatorio.
Este último constituye la única vía legal a la que el Gobierno reconoce validez para tal efecto.
Venezuela cuenta con cinco poderes, Ejecutivo, Judicial, Legislativo, Electoral y Moral, este último compuesto por la Contraloría, la Fiscalía y la Defensoría del Pueblo.
El actual presidente de la Asamblea Nacional, Henry Ramos Allup, quien procede del muy desprestigiado Partido Acción Democrática (AD), acusa a esas instituciones de estar dominadas por Maduro.
“Menos la Asamblea”, dijo Allup, quien ha incluido a la Sala Constitucional entre las instancias que, supuestamente, anulan la independencia de poderes.
La referida Sala, como es sabido, tiene la exclusiva potestad de interpretar la Carta Magna del país, por lo que sus sentencias son de última instancia y no admiten apelaciones.
La mayoría parlamentaria ha anunciado que promulgará leyes que en opinión del Ejecutivo, llegan a contradecir, incluso, tratados internacionales.
Una de ellas consiste en dejar libres a jefes opositores culpables de acciones violentas que provocaron decenas de muertos y heridos.
Hace alrededor de un mes el TSJ declaró "nulos absolutamente todos" los actos de la Asamblea Nacional luego que prestó juramento a diputados que por sentencia no podían ocupar sus puestos.
Posteriormente, esa misma Asamblea dio marcha atrás, aceptó el fallo y los alejó del Legislativo.
Más tarde, el 11 de febrero, esa misma instancia declaró la plena validez y de un decreto de Maduro que la Asamblea Nacional había desaprobado 19 días antes.
Según aquella sentencia, la declaración de estado de emergencia económica nacional, entró en vigencia desde que fue dictada y "su legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídica-constitucional se mantienen irrevocablemente incólume(s)".
Lo acordado este martes detalló que, si bien resulta posible un control parlamentario sobre la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, ello debe ser solo "a través de su Comandante en Jefe, autoridad jerárquica suprema que ejerce el presidente".
Además insistió en que la Constitución le atribuye a la AN "competencia de control político" sobre el Gobierno, pero no sobre el resto de los poderes del Estado ni tampoco sobre los gobiernos regionales y municipales.
En cumplimiento de sus labores de control, las convocatorias del Legislativo, añade, deben dirigirse "exclusivamente a funcionarios sometidos a control político" y además "indicar el motivo y alcance preciso y racional de las mismas".
Es decir, remata, "la Constitución no avala el abuso ni la desviación de poder, sino que, por el contrario, plantea actuaciones racionales y equilibradas (...) compatibles con la autonomía de cada órgano".
Horas antes, el lunes de la semana que transcurre, Europapress se hizo eco de una declaración del diputado y primer vicepresidente del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), Deosdado Cabello.
Advirtió que en 2017 los asesinos continuarán presos y Nicolás Maduro estará rindiendo su mensaje anual ante el país.
Observadores opinaron que lo dicho por Cabello tiende a revalidar la confianza en el inicio de una recuperación de las fuerzas chavistas, así como todo lo contrario en el campo de sus adversarios.
El conjunto de lo divulgado este martes, parte de un largo, complejo y difícil proceso, tiende a demostrarlo.
(Tomado de Cubasí)