Imagen ilustrativa tomada de la ACN
La Habana, 31 de ago (RHC) Las medidas restrictivas para la transportación en La Habana se incrementarán a partir de mañana 1ro de septiembre, en aras de fortalecer el enfrentamiento a la COVID-19 debido al retroceso de la capital a la fase de transmisión autóctona limitada.
El Consejo de Defensa Provincial regulará la entrada y salida desde la urbe habanera y hacia otros territorios del país en los 12 puntos de control ubicados en vías de acceso colindantes con las provincias de Artemisa y Mayabeque.
Se define como Causas Excepcionales para la salida de provincias en medios particulares o matrícula con letra P o R (Fallecimiento de familiares, retorno a su Provincia o Casos Graves Hospitalizados) y en medios estatales, debidamente autorizados.
En cada punto, durante las 24 horas del día, permanecen especialistas de Salud Pública, Inspectores Estatales del Transporte y fuerzas de la Policía Nacional Revolucionaria con el siguiente modelo de actuación.
MEDIDAS GENERALES
- Los agentes de la PNR, detienen todos los vehículos que transitan en ambas direcciones, identifican al conductor, solicitándole el carné de identidad y la licencia de conducción y realizan las acciones operativas o el actuar permanente.
- A todos los pasajeros que transitan en cualquier vehículo, se le realiza la pesquisa sanitaria para continuar viaje. En caso de detectarse algún viajero con síntomas sospechosos, deberán ser retenidos y entregados al personal de la Cruz Roja establecido en los puntos. Los funcionarios de Salud Pública deben cumplir con las medidas de protección individual aprobadas en el protocolo.
- Es obligatorio el uso del nasobuco de todos los que se trasladan en los vehículos.
- Para salir de la provincia por Causas Excepcionales, requieren del Permiso Temporal (Tarjeta con identificativos de color azul que específica fecha de salida y el medio que utilizan para el traslado) que se emite por la Dirección General de Transporte de La Habana (DGTPH), además están obligados a portar los resultados del test rápido.
- En los casos de los vehículos que entran a hacer estancia en La Habana procedentes de otras provincias, deben presentar la carta de autorizo del Consejo de Defensa del lugar de origen o se identifican con reservaciones concluidas o su acreditación con el carnet de identidad como residente de La Habana.
- Los vehículos en tránsito desde la provincia de Pinar del Río o hacia esta, deberán utilizar las siguientes vías, Autopista Pinar, Calle 114, la CUJAE, Circunvalación, Calle 100, Primer Anillo, Autopista Nacional o Vía Blanca en caso de destino a Matanzas. Se informará a los conductores que en caso que se detecte realizando paradas dentro de la Ciudad se procederá al retiro de la matrícula, circulación y la multa correspondiente.
- Las transportaciones masivas aprobadas por el Consejo de Defensa Provincial no requieren del Permiso Temporal, pero los pasajeros están obligados a portar los test rápido. Estas transportaciones se realizan con la Empresa Ómnibus Nacionales.
- Las transportaciones en vehículos de carga no requieren de autorización de entrada o salida (poseer los documentos para esta actividad), con la prohibición de no transportar pasajeros, en caso de los estibadores se limita a un máximo de 5 y deben portar el Vía Libre de color azul que posee actualmente.
En el caso de la transportación de carga, el vehículo privado solo puede circular con las condiciones siguientes:
- Quienes residen en La Habana, debe portar el vehículo la pegatina roja con indicativo COVID-19, y los de otras provincias la autorización de los Consejos de Defensa Provinciales. Poseer por el conductor la Licencia de Operación de Transporte y los ayudantes o estibadores cada uno con el Comprobante de la Licencia, con la documentación que ampara la mercancía mediante Carta de Porte o Factura o Conduce u Orden de Carga, donde refleja el destino de la carga y otras condiciones.
- Es obligatorio el uso de Autorizo de Vía Libre Permanente (Pegatina de color verde) o Limitado (Tarjeta de cartón de color rojo), a los vehículos pertenecientes a entidades que radican en La Habana y se identifican con matrícula que inician con la letra B. Se exceptúan.
- Los vehículos de transportación de pasajeros, en función de la producción o los servicios (Transporte Escolar, Cuba Taxis, Taxis Cuba, Transmetro, Cooperativa, EPTH y ASTRO), que poseen pegatinas o elementos identificativos en función de la COVID-19.
- Los medios especializados (ambulancias, carros fúnebres, grúas y carros tecnológicos) no requieren autorizo, ni portan el cartel de Vía Libre. Se regulan por los sistemas propios aprobados para estos medios.
- Se mantiene bajo el protocolo aprobados, los movimientos de los vehículos con matrícula que inician con las letras F, M, D, E, C, K y T.
- Se prohíbe que circule personal de pie en los vehículos de transportación masiva.
- Los vehículos que poseen permisos temporales a su retorno se le retiran los mismos.
- Los medios de transporte de la Zona de Desarrollo Mariel portarán Cartel de Vía Libre con indicativos de color rojo que actualmente poseen y además el Vía Libre Permanente o el Limitado según sea el caso, aprobado por el Consejo de Defensa Provincial de La Habana. (Fuente: ACN)