Entran en vigor normativas del Banco Central de Cuba que regulan uso de criptomonedas

Édité par Bárbara Gómez
2021-09-15 18:48:32

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Imágen: CNN en español.

La Habana, 15 sep (RHC) Este miércoles entró en vigor la Resolución 215/2021, del Banco Central de Cuba -BCC-, normativa que regula el uso de los criptoactivos para transacciones de carácter comercial en y desde la Isla, además de la concesión de licencias asociadas a operaciones financieras, cambiarias y de cobranzas o pagos.

    El uso de las criptomonedas y otros activos virtuales implican determinados riesgos para la política monetaria y la estabilidad financiera, dada la alta volatilidad que suele caracterizar este mercado y la complejidad en términos de control para instituciones y gobiernos por tratarse de sistemas descentralizados que funcionan en el ciberespacio.

Lo anterior conlleva implicaciones adicionales, pues añade la vulnerabilidad de las plataformas donde operan a ataques informáticos y otros ciberdelitos. De ahí la significación de la referida Resolución vigente de la Banca cubana.

Cuando el propio BCC lo autorice, las instituciones financieras y demás personas jurídicas solo podrán usar criptoactivos entre ellas y con personas naturales, en operaciones monetario-mercantiles, y de canje y recanje, al igual que para cumplir obligaciones de cobros y pagos.

    La normativa en cuestión establece que “los órganos u organismos de la Administración Central del Estado, las organizaciones políticas, de masas y sociales y demás instituciones, controlan y supervisan que sus entidades subordinadas y las formas asociativas de las que son órganos de relación, se abstengan de utilizar activos virtuales y los servicios de estos, en transacciones comerciales, monetario mercantiles o para satisfacer obligaciones pecuniarias, salvo en los casos que autorice el Banco Central de Cuba”.

Según han advertido las autoridades bancarias cubanas, las personas naturales asumen los riesgos y responsabilidades derivadas en el orden civil y penal por operar con criptomonedas y proveedores de servicios fuera del Sistema Bancario y Financiero, si bien no están prohibidas estas relaciones comerciales mediante el uso de activos virtuales entre ciudadanos.

Publicada el 26 de agosto pasado, la Resolución del BCC ha propiciado múltiples debates en las redes sociales.

Ramón Labañino, Héroe de la República de Cuba, vicepresidente de la Asociación Nacional de Economistas y Contadores de Cuba y estudioso del tema, destacó el auge de este mercado en el orbe, sobrepasando de 8 500 los tipos de criptomonedas ahora, a la vez que cada día aparece una nueva. De hecho, funciona también una especie de bolsa de valores que, minuto a minuto, actualiza sobre la cotización de estas monedas digitales.

Labañino abundó sobre el empleo de criptomonedas en Cuba, especialmente en negocios privados y en no pocas operaciones financiero-comerciales entre personas naturales, incluyendo el envío de remesas desde el exterior a familiares y amigos, como una vía de burlar el bloqueo de Estados Unidos a la Isla.

    Lea aquí la Resolución 215/2021, del Banco Central de Cuba. (Fuente: ACN)

 



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