Ley del Proceso Penal amplía garantías procesales en Cuba

Édité par Maria Calvo
2023-12-21 12:28:18

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Presidente del Tribunal Supremo Popular, Rubén Remigio Ferro. Foto: PL

La Habana, 21 dic (RHC) En el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular (Parlamento), el presidente del Tribunal Supremo Popular, Rubén Remigio Ferro, informó que la implementación de la Ley del Proceso Penal de Cuba permitió una mayor calidad del proceso penal y facilita el adecuado enfrentamiento al delito.

Ferro detalló que, desde la entrada en vigor de la normativa se han realizado más de ocho acciones de capacitaciones para todas las partes involucradas en el proceso.

Recordó que entre las nuevas figuras que incluye la Ley destacan las nulidades, las formas de participación de la víctima, la modelación de la celebración del juicio oral con las diferentes partes y sujetos, los medios de impugnación, el control judicial de la medida cautelar de prisión provisional, el habeas corpus, la medida de seguridad posdelictiva terapéutica, entre otras.

Explicó que los tribunales en el presente año radicaron 16 mil 762 asuntos en materia penal y hasta el cierre de octubre resolvieron 12 mil 219 (73 por ciento) y se ejecutaron 10 mil 141 sentencias firmes, que representan el 75%.

Desde enero del 2022 que entró en vigor la Ley hasta octubre de 2023, en los procesos se identificaron un total de 14 mil 117 víctimas o perjudicados, significó el titular.

En este sentido, agregó que se aprecia un respeto a los derechos de las víctimas; no obstante, en la fase de investigaciones de algunos casos no se deja constancia que fueron oportunamente informados de sus derechos y sobre la posibilidad de constituirse como parte.

Igualmente, expresó que no se practican todas las pruebas necesarias para determinar la real afectación, aspectos que han sido analizados en los protocolos de trabajo y en reuniones del Tribunal Supremo con la dirección del Ministerio del Interior.

En el periodo, dijo, también ha existido un rigor con la imposición de medidas cautelares como prisión provisional, la prohibición de salida del territorio nacional y limitación de los acusados de acercamiento a sus víctimas.

Para asegurar el resarcimiento de los perjudicados, manifestó Ferro que se dispuso la medida de prohibición de enajenar bienes en 21 casos y en cuatro asuntos la fianza, embargo y depósito preventivo de bienes y la suspensión temporal de licencia de conducción se utilizó en todos los casos requeridos.

En el presente año se han juzgado a 15 mil 452 personas, y entre los delitos con mayor incidencia destacan el sacrificio ilegal de ganado mayor, el tráfico de drogas, malversación, robo con fuerza en las cosas, robo con violencia, hurto, cohecho, actividad económica ilícita, especulación y acaparamiento y evasión fiscal.

Argumentó que en sentido general los tribunales cumplen y exigen el cumplimiento de debido proceso establecido en la Constitución de la República y las leyes, y se puede afirmar que la reforma judicial no ha implicado el menoscabo al enfrentamiento al delito. (Fuente:PL)



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