Ante Covid-19, nuevas medidas en La Habana para la transportación (+Foto)

Edited by Martha Ríos
2020-08-31 12:54:23

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Imagen ilustrativa tomada de la ACN

La Habana, 31 de ago (RHC)  Las medidas restrictivas para la transportación en La Habana se incrementarán a partir de mañana 1ro de septiembre, en aras de fortalecer el enfrentamiento a la COVID-19 debido al retroceso de la capital a la fase de transmisión autóctona limitada.

El Consejo de Defensa Provincial regulará la entrada y salida desde la urbe habanera y hacia otros territorios del país en los 12 puntos de control ubicados en vías de acceso colindantes con las provincias de Artemisa y Mayabeque.

Se define como Causas Excepcionales para la salida de provincias en medios particulares o matrícula con letra P o R (Fallecimiento de familiares, retorno a su Provincia o Casos Graves Hospitalizados) y en medios estatales, debidamente autorizados.

En cada punto, durante las 24 horas del día, permanecen especialistas de Salud Pública, Inspectores Estatales del Transporte y fuerzas de la Policía Nacional Revolucionaria con el siguiente modelo de actuación.

MEDIDAS GENERALES

  1. Los agentes de la PNR, detienen todos los vehículos que transitan en ambas direcciones, identifican al conductor, solicitándole el carné de identidad y la licencia de conducción y realizan las acciones operativas o el actuar permanente.
  2. A todos los pasajeros que transitan en cualquier vehículo, se le realiza la pesquisa sanitaria para continuar viaje. En caso de detectarse algún viajero con síntomas sospechosos, deberán ser retenidos y entregados al personal de la Cruz Roja establecido en los puntos. Los funcionarios de Salud Pública deben cumplir con las medidas de protección individual aprobadas en el protocolo.
  3. Es obligatorio el uso del nasobuco de todos los que se trasladan en los vehículos.
  4. Para salir de la provincia por Causas Excepcionales, requieren del Permiso Temporal (Tarjeta con identificativos de color azul que específica fecha de salida y el medio que utilizan para el traslado) que se emite por la Dirección General de Transporte de La Habana (DGTPH), además están obligados a portar los resultados del test rápido.
  5. En los casos de los vehículos que entran a hacer estancia en La Habana procedentes de otras provincias, deben presentar la carta de autorizo del Consejo de Defensa del lugar de origen o se identifican con reservaciones concluidas o su acreditación con el carnet de identidad como residente de La Habana.
  6. Los vehículos en tránsito desde la provincia de Pinar del Río o hacia esta, deberán utilizar las siguientes vías, Autopista Pinar, Calle 114, la CUJAE, Circunvalación, Calle 100, Primer Anillo, Autopista Nacional o Vía Blanca en caso de destino a Matanzas. Se informará a los conductores que en caso que se detecte realizando paradas dentro de la Ciudad se procederá al retiro de la matrícula, circulación y la multa correspondiente.
  7. Las transportaciones masivas aprobadas por el Consejo de Defensa Provincial no requieren del Permiso Temporal, pero los pasajeros están obligados a portar los test rápido. Estas transportaciones se realizan con la Empresa Ómnibus Nacionales.
  8. Las transportaciones en vehículos de carga no requieren de autorización de entrada o salida (poseer los documentos para esta actividad), con la prohibición de no transportar pasajeros, en caso de los estibadores se limita a un máximo de 5 y deben portar el Vía Libre de color azul que posee actualmente.

 

En el caso de la transportación de carga, el vehículo privado solo puede circular con las condiciones siguientes:

  • Quienes residen en La Habana, debe portar el vehículo la pegatina roja con indicativo COVID-19, y los de otras provincias la autorización de los Consejos de Defensa Provinciales. Poseer por el conductor la Licencia de Operación de Transporte y los ayudantes o estibadores cada uno con el Comprobante de la Licencia, con la documentación que ampara la mercancía mediante Carta de Porte o Factura o Conduce u Orden de Carga, donde refleja el destino de la carga y otras condiciones.
  • Es obligatorio el uso de Autorizo de Vía Libre Permanente (Pegatina de color verde) o Limitado (Tarjeta de cartón de color rojo), a los vehículos pertenecientes a entidades que radican en La Habana y se identifican con matrícula que inician con la letra B. Se exceptúan.
  • Los vehículos de transportación de pasajeros, en función de la producción o los servicios (Transporte Escolar, Cuba Taxis, Taxis Cuba, Transmetro, Cooperativa, EPTH y ASTRO), que poseen pegatinas o elementos identificativos en función de la COVID-19.
  • Los medios especializados (ambulancias, carros fúnebres, grúas y carros tecnológicos) no requieren autorizo, ni portan el cartel de Vía Libre. Se regulan por los sistemas propios aprobados para estos medios.
  • Se mantiene bajo el protocolo aprobados, los movimientos de los vehículos con matrícula que inician con las letras F, M, D, E, C, K y T.
  • Se prohíbe que circule personal de pie en los vehículos de transportación masiva.
  • Los vehículos que poseen permisos temporales a su retorno se le retiran los mismos.
  • Los medios de transporte de la Zona de Desarrollo Mariel portarán Cartel de Vía Libre con indicativos de color rojo que actualmente poseen y además el Vía Libre Permanente o el Limitado según sea el caso, aprobado por el Consejo de Defensa Provincial de La Habana. (Fuente: ACN)


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