La Habana, 6 mar (RHC) La coordinadora residente del Sistema de Naciones Unidas en Guatemala, Valerie Julliand, abogó este domingo por validar la paridad y representatividad de pueblos indígenas y mujeres en las reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).
Para la funcionaria, la justicia debe ser igualitaria y para ello es esencial tener una representación de todos los ciudadanos en las distintas instancias de poder.
"Si el país quiere avanzar de verdad, tiene que reconocer que está compuesto por el 50 por ciento de mujeres y el 50 por ciento de hombres y que por ende la paridad es sumamente justa", afirmó.
A juicio de Julliand, en el Congreso de la República existe el deseo de fortalecer el marco legislativo y aprobar las leyes que son indispensables para el desarrollo de Guatemala.
"Vemos que este año hay una gran energía para consolidar lo que se reclamó el año pasado, hay una energía que se siente en muchos aspectos", expresó, según la Agencia Guatemalteca de Noticias.
"También vemos avances en el país con el tema de la justicia, hace algunos días concluyó el juicio en el caso Sepur-Zarco que ha demostrado que la justicia del país funciona, que si las instituciones del Estado están fortalecidas ellas hacen su trabajo", agregó.
A su vez recordó que tanto la resolución en el juicio por violaciones a mujeres en el destacamento militar instalado hace 34 años en la región noroccidental del Polochic, como las manifestaciones del 2015 reclamando un cese a la corrupción, son dos temas que ponen a Guatemala como ejemplo a nivel mundial.
Los pronunciamientos de Julliand guardan relación con la controversia en torno a los cambios a la LEPP en trámite en el parlamento unicameral, retardado por la insistencia de algunos diputados en que el conflicto sólo gira alrededor de la igualdad de participación de hombre y mujeres.
Sin embargo, el párrafo a añadir al artículo 24 de la LEPP -sugerido por la Corte de Constitucionalidad- define que "para integrar los órganos partidarios se deberá incluir de forma igualitaria a mujeres indígenas, ladinas y mestizas; y hombres indígenas, ladinos y mestizos en forma proporcional a la composición del distrito electoral. El orden deberá alternarse entre mujer y hombre". (PL)