Caracas, 15 jun (RHC) El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) ordenó a la directiva de la Asamblea Nacional (AN) abstenerse de pretender dirigir las relaciones exteriores del país o desplegar acciones que son atribuciones del Ejecutivo.
En una sentencia difundida en Caracas, el máximo ente judicial indicó al legislativo, de mayoría opositora al Gobierno, que no debe desplegar actuaciones por encima de las competencias que les corresponden.
El fallo refiere que los parlamentarios de derecha realizaron acciones tendientes a solicitar la intervención de organismos e instancias internacionales en asuntos internos de la nación suramericana, y en ese sentido anuló los actos de fechas 10 y 31 de mayo último, respectivamente.
En la primera de esas sesiones acordaron exhortar al cumplimiento de la Constitución y sobre la responsabilidad del Poder Ejecutivo Nacional, del TSJ y del Consejo Nacional Electoral para la preservación de la paz y ante el cambio democrático en Venezuela.
En la segunda, de fecha 31 de mayo, se aprobó una resolución que respalda el interés de la comunidad internacional acerca del G-7, la Organización de Estados Americanos, la Unión de Naciones Suramericanas, el Mercado Común del Sur y el Vaticano en la crisis venezolana.
Para el TSJ en esas sesiones el órgano legislativo asumió atribuciones que constitucionalmente son propias del Poder Ejecutivo.