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La Habana, 30 dic (RHC) El Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) de Cuba extendió la exención de algunos impuestos en nuevas normas del Sistema Tributario como parte de medidas que apuntan hoy a garantizar la sostenibilidad económica del país.
En la Gaceta Oficial número 92, el MFP publica la Resolución 280/2023, que resuelve extender hasta el 31 de marzo de 2024 autorizar excepcionalmente y con carácter temporal la importación sin carácter comercial, sin límites en su valor y exenta del pago del impuesto aduanero de alimentos, aseo, medicamentos por la vía de pasajeros como equipaje acompañado. Las exenciones abarcan la importación sin carácter comercial de alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos hasta el límite de 500 dólares estadounidenses del valor o peso equivalente, hasta 50 kilogramos, en la relación valor/peso establecida por la Aduana General de la República por la vía de pasajeros como equipaje no acompañado.
En cambio, incrementa el límite del valor en aduana para las importaciones no comerciales que realizan las personas naturales mediante envíos, de 200 hasta 500 dólares estadounidenses. En ese acápite precisa que mantiene la exención del pago del impuesto aduanero por los primeros 30 dólares del valor o su peso equivalente de tres kilogramos del envío, así como la aplicar la tarifa arancelaria del 30 por ciento en caso de exceso.
La extensión del plazo también abarca la importación sin carácter comercial y exento del pago del Impuesto aduanero de alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos importados por personas naturales como envíos aéreos, marítimos y postales, hasta 200 dólares estadounidenses o peso equivalente hasta 20 kilogramos.
Los beneficios se aplicarán cuando los artículos clasificados como alimentos o aseo, e identificados como medicamentos e insumos médicos, integren parte del equipaje del pasajero, se presenten ante la Aduana en bultos separados del resto de los productos.
La Gaceta también hace referencia a la Resolución 281/2023 del en la cual se extiende hasta el 31 de marzo del 2024 la autorización excepcional y temporal, sin carácter comercial, exenta del pago del impuesto aduanero la importación en envases originales de medicamentos, así como de los insumos médicos, relacionados en el Anexo Único de la presente Resolución.