Convención internacional aprueba máxima protección a la Polymita

Editado por Martha Ríos
2016-12-19 16:02:48

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Polymita. Foto: Archivo

La Habana, 19 dic (RHC) José Alberto Álvarez Lemus, especialistas de la Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear (ORASEN), de Cuba, informó este 19 de diciembre, en La Habana, que la Convención Sobre el Comercio Internacional de Especias Amenazadas de la Fauna y Flora Silvestre (CITES) acordó incluir en su Apéndice I el género Polymita para su protección contra la explotación excesiva mediante el comercio internacional.

El experto explicó a la Agencia Cubana de Noticias (ACN) que la decisión entrará en vigor el próximo dos de enero de 2017, y serán adoptadas medidas severas para los traficantes.
 
CITES, administrada por el Programa de la ONU para el Medio Ambiente, tiene su Secretaría en Ginebra, Suiza, y sus Apéndices I, II y III son listas de especies que ofrecen varios niveles y tipos de protección ante la explotación excesiva.

La sugerencia sobre el particular constituyó una iniciativan del Instituto de Ecología y Sistemática (IES), que es la Autoridad Científica de esta Convención en el país, la Facultad de Biología y el Museo Felipe Poey, ambos de la  Universidad de La Habana, la Fundación Antonio Núñez Jiménez de la  Naturaleza y el Hombre, además del Centro de Inspección y Control Ambiental de la ORASEN, que funge como Autoridad Administrativa de la CITES en Cuba.

Polymita es un género endémico, restringido a ciertas áreas de la región oriental de la mayor isla de Las Antillas, e incluye únicamente seis especies.

Son consideradas joyas de la naturaleza mundial por su gran polimorfismo, brillantez y diversidad de patrones de bandas de colores en su concha, por lo cual han sido reconocidas por muchos malacólogos como las conchas más bellamente coloreadas del mundo, atributos que las hacen de gran demanda entre coleccionistas.

Aunta la ACN que una resolución del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente las declaró especies de especial significado de la República de Cuba con la protección máxima, y prohibida la exportación, la extracción del medio y  cualquier forma de comercio.



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