Decreta el Papa obligatoriedad en denunciar casos de abuso sexual en la Iglesia (+Video)

Editado por Maite González Martínez
2019-05-09 07:55:38

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Imagen ilustrativa. (Foto/archivo)

Vaticano, 9 may (RHC) El papa Francisco decretó que todos los miembros del clero tienen la "obligación de informar a un obispo o al superior religioso" en caso de tener conocimiento de algún caso de abuso sexual, sin que ello interfiera con la de informar, también, "a las autoridades civiles competentes".

En un documento publicado este jueves bajo el título 'Vos estis lux mundi' ('Vosotros sois la luz del mundo'), el máximo pontífice exigió, además, la creación de un sistema accesible a cualquier persona que quiera realizar una denuncia en este sentido, y que sea capaz de proporcionar protección y asistencia a los denunciantes.

Se trata de las dos principales medidas de una ley eclesiástica de "propuestas concretas", que se propone la erradicación de los casos de abuso sexual en el seno de la Iglesia católica. La iniciativa tiene lugar después de la histórica cumbre sobre el asunto celebrada en febrero con los representantes de todas las Conferencias episcopales, y se enmarca en el cumplimiento de una promesa articulada por el máximo pontífice a finales del año pasado.

El primer artículo define con claridad el objeto de esta nueva normativa, obligando a informar de todas las situaciones en las que "se obligue a alguien, con violencia o amenaza o mediante abuso de autoridad, a realizar o sufrir actos sexuales". La norma se refiere igualmente a los "actos sexuales con un menor o con una persona vulnerable", así como a "producir, exhibir, poseer o distribuir, incluso por vía telemática, material pornográfico infantil".

Protección del denunciante y agilidad administrativa

La protección de víctimas tiene un papel central en este nuevo marco normativo, que establece que los denunciantes no pueden ser objeto de "prejuicios, represalias o discriminación", ni debe imponérseles bajo ningún concepto la obligación de silencio con respecto al contenido de sus denuncias, por lo que son libres de hablar de ello con quien deseen, incluidos los medios de comunicación.

Con respecto a la tramitación administrativa de las denuncias, se especifica que ésta "procederá sin demora y, en cualquier caso, dentro de los treinta días posteriores a la recepción del primer informe por parte del representante pontificio", especificando además que, desde el inicio al cierre de las investigaciones preliminares en la diócesis, no pasarán más de 90 días, aunque este plazo podría prolongarse por motivos justificados. (Fuente/RT)



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