En el fallo de hoy, el tribunal señala que el DNU causa
perjuicios graves que son imposibles de reparar posteriormente.
Buenos Aires, 4 ene (RHC) La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó este jueves una segunda medida cautelar que suspende la aplicación del acápite sobre una reforma laboral incluida en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 del presidente argentino, Javier Milei.
Con los votos de los jueces Andrea García y Alejandro Sudera, dicho organismo revocó una sentencia de primera instancia que rechazó una demanda de amparo presentada por la Central de Trabajadores de Argentina (CTA).
De esa forma, la petición de la organización sindical fue aceptada y se suma a una de la Confederación General del Trabajo (CGT) aprobada la víspera.
Esta jornada, la Cámara admitió la vía procesal para analizar la constitucionalidad del DNU; la competencia para entender en la causa; la legitimidad de la CTA para promover el amparo; y la recusación de la jueza de primera instancia que rechazó la demanda por haber adelantado opinión sobre el fondo del asunto.
Las cautelares solicitadas por la CTA y la CGT disponen la suspensión de los efectos del título IV del decreto, el cual prolonga el período de prueba de los asalariados de tres a ocho meses, facilita los despidos de quienes participen en medidas de fuerza y limita el derecho a la huelga, entre otras acciones.
En el fallo de hoy, el tribunal señala que el DNU causa perjuicios graves que son imposibles de reparar posteriormente.
No se trata meramente de aspectos económicos, sino de la grave vulneración de derechos humanos fundamentales, señalaron los jueces.
Por su parte, la CTA destacó que, con la medida, “la Justicia pone un freno a quien piensa que firmando decretos se pueden eliminar conquistas laborales que llevan décadas de luchas, de discusiones en los ámbitos de la democracia y de acciones del Congreso”.
El Ejecutivo deberá entender que en Argentina hay tres poderes y que es antidemocrático avasallar el rol de los otros dos, añadió en un comunicado.