Imagen de archivo/RHC
Brasilia, 9 mar (RHC) El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil condenó a otras 15 personas, acusadas por los actos golpistas del 8 de enero de 2023 contra los Tres Poderes en esta capital.
Con el término del juicio suman hasta la fecha 131 sanciones por los episodios antidemocráticos. La mayoría por abolición violenta del Estado Democrático de Derecho, daños cualificados, golpe de Estado, deterioro del patrimonio declarado y asociación criminal.
De tres a 17 años van las penas y los inculpados fueron denunciados por la Procuraduría General de la República (PGR).
Cada acusado fue juzgado de forma individual en el pleno virtual del Supremo, cuando los ministros insertan sus votos en el sistema electrónico.
En los análisis concluidos prevaleció el voto del ponente, el ministro Alexandre de Moraes, quien propuso penas que varían de 14 a 17 años de prisión.
De Mores fue seguido por los pareceres de los magistrados Carmen Lucía, Antonio Dias Toffoli, Flávio Dino, Gilmar Mendes y Luiz Fux.
Los jueces Cristiano Zanin y Edson Fachin defendieron correctivos menores que los planteados por el relator.
El presidente del STF, Luís Roberto Barroso, ejerció su derecho por el castigo de los acusados en cuatro crímenes.
Los ministros André Mendonça y Kassio Nunes Marques votaron por la absolución de los acusados o sanciones menores.
Para la mayoría de los letrados, hubo una clara intención por parte de una multitud de toma ilícita de poder, con uso de medios violentos, para derrocar a un gobierno democráticamente elegido, en este caso el del presidente Luiz Inácio Lula da Silva.
Los magistrados también afirmaron que los ataques configuraron el llamado crimen de multitud, cuando un grupo comete una serie de delitos, siendo que uno influencia la conducta del otro, en un efecto manada.
Con lo anterior, todos deben responder por el resultado de las transgresiones.
Hasta ahora, la PGR denunció por los actos golpistas a más de mil 300 personas.
De esa cifra, la Fiscalía negocia acuerdos con más de mil de no persecución penal, cuando el acusado reconoce los crímenes y no va a juicio, el cual terminará el día 15. (PL)