Cuba: Establecen nueva normativa sobre inocuidad de alimentos (+Foto)

Editado por Martha Ríos
2020-10-30 09:57:28

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La Habana, 30 oct (RHC) Cuba estableció una nueva normativa referida a la inocuidad de los alimentos, a partir de la publicación este viernes del Decreto-Ley No. 9 de 2020, en la Gaceta Oficial Ordinaria No. 76.

La disposición define regulaciones enfocadas a las licencias y registros sanitarios para los productos importados y de fabricación nacional, así como principios para garantizar alimentos inocuos y nutritivos, y un desarrollo competitivo y responsable de las entidades involucradas.

El secretario del comité nacional del Codex Alimentarius, Jorge Félix Medina dijo que el país necesitaba una normativa que compendiara todas las resoluciones existentes en un documento de mayor jerarquía legal, para hacer valer el derecho de los ciudadanos a disfrutar de una alimentación saludable.

“Este Decreto-Ley refuerza, incluso desde el marco internacional, las funciones de inspección de las autoridades reguladoras y protege el comercio internacional de la isla”, añadió.

El también especialista superior en Normalización de la Oficina Nacional de Normalización explicó al diario Granma que el cuerpo legal implica a todos los actores en la cadena alimentaria, desde la producción, embalaje, transportación, almacenamiento y comercialización, hasta el consumidor.

Tanto el Decreto-Ley, como su reglamento y legislación complementaria, son de carácter obligatorio para el sistema empresarial, entidades presupuestadas y el sector no estatal.

Foto: Archivo

La disposición establece que solo pueden ser producidos, importados, exportados o comercializados en Cuba aquellos alimentos que cumplan las reglas y normas de protección de la salud.

Además, debe garantizarse la calidad e inocuidad en cada etapa del proceso, así como el empleo de prácticas que no dañen el medioambiente y que eviten la adulteración o contaminación.

El documento define las obligaciones de cada una de las partes, las situaciones de alertas, emergencias sanitarias y fraude alimentario, y el actuar correspondiente en cada particular. (Fuente: PL)



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