Mantienen en Cuba control sanitario en actividades comerciales

Editado por Lorena Viñas Rodríguez
2020-02-18 10:38:03

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Foto: Archivo/RHC.

La Habana, 18 feb (RHC) El otorgamiento de la Licencia Sanitaria como condición previa en aquellas actividades que manipulan y elaboran alimentos, es una forma más de preservar la salud de la población en Cuba.

Las Resoluciones No. 179 y 403 del 2 de julio de 2018 y 23 de octubre de 2019 respectivamente, ambas del ministro de Salud Pública, establecen los requisitos higiénicos sanitarios para la obtención de este documento en las diversas actividades del ejercicio del trabajo por cuenta propia.

Esa cartera como organismo rector de la inocuidad de los alimentos, faculta a los inspectores sanitarios para actuar ante las ilegalidades y violaciones sanitarias.

El ministerio de Salud Pública recomendó en su sitio web cumplir con las cinco reglas de la inocuidad como: mantener todo limpio, incluye las superficies, equipos y manipuladores, usar agua y materias primas seguras y con calidad sanitaria, evitar la contaminación cruzada entre los alimentos crudos y los que están listos para el consumo.

Asimismo, incluye "cocinar bien los alimentos alcanzando temperaturas por encima de los 70 grados celsius para evitar agentes patógenos, y conservar los alimentos a temperaturas adecuadas (caliente por encima de 65 grados celsius y frío entre 0 y 5 grados Celsius", subraya un trabajo publicado por la mencionada institución.

Existen regulaciones específicas para el tipo de producto que puede comerciar en la vía pública, para que no constituya un riesgo a la salud de los consumidores.

La Dirección de Salud Ambiental a través de la Inspección Sanitaria Estatal (ISE), controla y hace cumplir las disposiciones legales relacionadas con las normas higiénico-sanitarias y antiepidémicas.

El objetivo es prevenir, disminuir o erradicar la contaminación del medio ambiente, incluyendo los alimentos, además el saneamiento de las condiciones de vida, estudio y trabajo de la población, puntualiza el trabajo publicado.

Es válido señalar -enfatiza la fuente- que a los infractores de estas normas se penalizan, según lo establecido en el Decreto Ley No. 357 de fecha 17 de marzo de 2018, sobre las contravenciones personales en el ejercicio del Trabajo por Cuenta Propia. (Fuente: Prensa Latina)



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