Anuncian nuevos reglamentos para el empleo de Sistemas inalámbricos en Cuba

Editado por Lorena Viñas Rodríguez
2019-05-29 08:06:45

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Foto: Archivo.

Por: Marianela Samper

La Habana, 29 may (RHC) Nuevos reglamentos para las redes privadas de datos y el empleo de Sistemas inalámbricos de alta velocidad por personas naturales, se publican este miércoles en la Gaceta Oficial de la República de Cuba en su edición Extraordinaria Número 39.

Se trata de las Resoluciones 98 y 99 del Ministro de las Comunicaciones que habilitan la creación de redes de datos para personas naturales que hasta ahora no existía y la licencia de redes privadas en exteriores de la vivienda, además de las personas jurídicas.

Contribuyen a la informatización de la sociedad, al bienestar de los ciudadanos, a la soberanía del país y algo importante, evitar interferencias en el espacio radioeléctrico, a la vez que ayudan a aumentar los canales de comunicación entre las personas.

Wilfredo López Rodríguez, director de Regulaciones del Ministerio de Comunicaciones destacó que podrán utilizar 2 bandas de frecuencias entre 2 4ooMHz y 5 850 Mhtz, las personas naturales no requieren licencia de operación para usar redes con carácter personal, se necesita autorización cuando la red sale fuera del domicilio.

Establece el reglamento que todo lo que se esta habilitando es sin fines de lucro y la potencia no puede exceder a 100 miliwats,con ello puede alcanzar hasta 300 metros de distancia.

Explicó López que esas redes se pueden conectar a la infraestructura del proveedor, es decir red pública de ETECSA, además las personas naturales pueden importar los equipos, sin carácter comercial, siempre que tenga las características técnicas que se establecen.

Las regulaciones habilitan la licencia de operación de redes privadas de datos inalámbrica con antena exterior que no exceda la potencia radiada efectiva de los 100 miliwats, por valor de 10 pesos moneda nacional y con vigencia de 2 años.

El director de Regulaciones también comentó los pasos para la importación de equipos.

La solicitud para la autorización técnica de la importación se realiza a través de la web del Ministerio de Comunicaciones, correo electrónico o personalmente en las oficinas de la Unidad Presupuestada Técnica de Control de Espectro Radioeléctrico.

La solicitud la puede realizar antes de traer el equipo, si lo trae debe hacer el trámite de autorizo para extraerlo de la Aduana.

Para tramitar la licencia de redes privadas inalámbricas con antenas exteriores, las personas naturales requieren ser propietarias del inmueble.

En el caso de los trabajadores por cuenta propia, en los locales donde ejercen las actividades aprobadas, requieren la autorización del arrendador, propietario o usufructuario del inmueble.

Ana Julia Marine López, viceministra de Comunicaciones, comentó que el espectro radioeléctico constituye un recurso limitado, que no se puede vender, no pierde vigencia y no puede ser retenido judicialmente.

La propiedad es exclusiva del Estado Cubano -acotó - y  ese conjunto de ondas resulta imprescindible para el desarrollo de los modernos sistemas de radiocomunicaciones que integran las redes de los telecomunicaciones nacionales e internacionales del país.

Cuba pertenece a la Unión Internacional de las Telecomunicaciones, de Naciones Unidas, organismo encargado de disponer reglamentaciones internacionales de obligatorio cumplimiento para todos los países.

Las normas jurídicas que reglamentan el uso del espectro son necesarias para su optimización, evitar interferencias y la degradación de los servicios públicos que se brinda por el operador, puntualizó la vicetitular.

Los reglamentos entran en vigor en un término de 60 días posteriores a la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial.

Los titulares de redes tienen igual período de tiempo para formalizar su red acorde con los requisitos de la norma.

Para conocer más detalles técnicos los interesados pueden buscar en la página web del ministerio de Comunicaciones.



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