Avanza proceso de flexibilización del trabajo por cuenta propia o privado en Cuba

Editado por Julio Pérez
2019-02-21 05:52:00

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restaurante privado

La Habana, 21 feb (RHC) Como parte del proceso constante de perfeccionamiento del ejercicio del trabajo por cuenta propia (TCP) o privado fueron aprobadas nuevas medidas que flexibilizan el desempeño de este modo de gestión, el cual mantiene su tendencia creciente dentro del panorama económico cubano.

Las disposiciones, en cuyas normas jurídicas se trabaja actualmente para su próxima entrada en vigor, incorporan desde la aprobación de nuevas actividades hasta la modificación del alcance y las facultades para el autorizo de otras, según explicó Martha Elena Feitó Cabrera, viceministra primera de Trabajo y Seguridad Social, durante un encuentro con la prensa, indica el diario Granma.

Lo dispuesto, dijo, da respuesta a un grupo de planteamientos de los trabajadores por cuenta propia y reafirma la voluntad del Estado cubano de favorecer el desarrollo de este sector, en un ambiente de orden y legalidad.

La Viceministra informó además que, de acuerdo con las modificaciones, el facilitador de permutas y compraventa de viviendas podrá contratar hasta dos trabajadores. Y fueron trasladadas a los consejos de la administración municipales (CAM) las facultades para aprobar determinadas actividades, en pos de fortalecer la gestión en los territorios, tal como establece la nueva Constitución.

De ese modo, serán competencia de estas estructuras los autorizos siguientes: servicio gastronómico en restaurantes, servicios de bar y recreación y arrendador de viviendas, habitaciones y espacios, cuando se trate de más de cuatro habitaciones o de viviendas completas.

Además, será su responsabilidad regular los precios y tarifas fijas o máximas, siempre y cuando las circunstancias lo aconsejen, teniendo en cuenta las condiciones y características de cada territorio. De igual forma, tocará a los Cam, caso a caso, la aprobación de los horarios de funcionamiento de las instalaciones donde se ejerce el trabajo por cuenta propia.

Con las nuevas medidas, al decir de Martha Elena Feitó, también las vacaciones se incluyen entre las causas por las cuales el titular puede designar a un trabajador contratado.

Se determinó que ya no tendrán la obligación de inscribirse en la actividad trabajador contratado, el cónyuge y los familiares del titular dentro del primer y segundo grado de consanguinidad (hijos, padre, madre, hermanos, nietos y abuelos), así como primero de afinidad (yerno, nuera, suegro y suegra).

No obstante, quien desee inscribirse puede hacerlo, con el propósito de disfrutar de los beneficios derivados de la Seguridad Social como, por ejemplo, la licencia de maternidad o la jubilación

René Hernández Castellanos, viceministro primero de Economía y Planificación, subrayó la trascendencia de otras dos medidas relacionadas con la contratación y la comercialización de producciones excedentes.

Con la entrada en vigor de las nuevas disposiciones, las personas jurídicas, tanto estatales cubanas como extranjeras radicadas en el país, podrán contratar productos y servicios a las formas de gestión no estatales y los pagos podrán realizarse en ambas monedas, según las regulaciones establecidas al respecto. Además, los excedentes de las producciones y los sobrecumplimientos del encargo estatal, así como la inejecución de las entidades que poseen plan, podrán venderse a las formas no estatales, en las dos monedas, mediante cuenta bancaria.

Eso sí, resaltó Hernández Castellanos, «la obligación primera es cumplir con lo contemplado en el plan». Al mismo tiempo reconoció las ventajas de estas medidas, pues permiten transparentar las relaciones contractuales y constituyen una vía adicional para proveer de recursos al sector no estatal, ante las limitaciones del mercado mayorista.

Y sobre las adecuaciones tributarias que deberán introducirse, a partir de la implementación de las nuevas medidas, comentó Vladimir Regueiro Ale, director general de Política Fiscal del Ministerio de Finanzas y Precios.

Sobre las nuevas actividades aprobadas, puntualizó, actualmente se analiza el tipo del régimen por el cual deberán tributar y las cuantías a pagar. En su opinión, se tomarán en cuenta los mismos principios aplicados durante el proceso de reordenamiento del trabajo por cuenta propia como, por ejemplo, la territorialidad.

También llamó la atención sobre las diferencias entre las cuentas bancarias fiscales y las cuentas habilitadas para los cobros y pagos entre el sector estatal y el privado.

Las nueve medidas, resumió Martha Elena Feitó, traen consigo la modificación de un grupo de decretos y resoluciones de varios organismos, asunto en el cual se trabaja con agilidad. El perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia, dijo, es un proceso vivo, constante, a tono con la actualización económica que lleva adelante nuestro país.

 

(Granma)



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