Presidente de Guatemala publica declaración de estado patrimonial

Editado por Pablo Rafael Fuentes
2024-07-14 14:48:38

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Foto tomada de Prensa Latina

La Habana, 14 jul (RHC) El presidente de Guatemala, Bernardo Arévalo, publicó hoy la declaración de su estado patrimonial y el detalle de los costos de cada una de sus posesiones, otro paso –subrayó- por la transparencia.

Mediante la red social X, el mandatario expresó que a lo largo de estos seis meses de Gobierno “cada acción que hemos tomado ha sido guiada” en esa dirección.

En el documento circulado por varias plataformas, el jefe de Estado consolidó sus pertenencias valiosas, cuentas de banco e, incluso, sus deudas.

Detalló que posee activos por un total de 724 mil 614, 27 quetzales (casi 93 mil dólares) y pasivos de 69 mil 238,70 (cerca de nueve mil dólares).

Incluyó deudas cuyos acreedores son bancos nacionales, con 10 mil 172 (poco más de mil 300 dólares) y bancos extranjeros, con 59 mil 66,70 (más de siete mil 500 dólares).

La carta firmada y presentada ante la Contraloría General de Cuentas (CGC) el 15 de febrero último, establece que los activos constan de alhajas, cuentas de banco, libros, acciones, mobiliario y equipo de oficina.

Medios de prensa locales destacaron que se convierte así en el primer presidente de Guatemala en hacer esta declaración y cumple con una promesa hecha al inicio de su administración.

El 26 de febrero de 2024 el abanderado del partido Movimiento Semilla explicó que su equipo trabajaba en el mecanismo correcto para llevarlo a cabo y que se encontraban evaluando la manera para mantener la seguridad.

La Ley de Probidad y Responsabilidad de Funcionarios y Empleados Públicos en el país fijó que el presidente de la República está obligado a presentar Declaración Jurada Patrimonial ante la autoridad correspondiente.

Ello, según la normativa, en un plazo no mayor a 30 días hábiles después de tomar posesión; sin embargo, no está obligado a hacerla pública.

La precisión de presentarla ante la CGC también pesa para funcionarios y empleados públicos cuyo salario sea mayor de 8 mil quetzales (poco más de mil dólares) mensuales o manejen fondos públicos. (Fuente: Prensa Latina)



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