Reconocen debido proceso en acciones legales por disturbios en Cuba

Editado por Bárbara Gómez
2022-02-04 19:38:48

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Foto: Prensa Latina.

La Habana, 4 feb (RHC) Las acciones penales derivadas de los disturbios del 11 de julio de 2021 en Cuba han estado acompañadas de la observancia del debido proceso, la asistencia letrada, entre otras garantías que refrenda la Constitución de la República.

Así declaró Dixán Fuentes, fiscal jefe de la Dirección de Atención a los Ciudadanos de la Fiscalía General de la República -FGR-, y puntualizó en que ningún individuo fue privado de su libertad sino por una autoridad competente y se respetó la presunción de inocencia hasta la sentencia firme, por solo mencionar algunos ejemplos.

“Se atendieron a todos los ciudadanos que acudieron a nuestra institución para presentar dudas, peticiones y criterios respecto a los hechos”, dijo el jurista.

Entre las respuestas brindadas, aseguró, está la puesta en libertad de personas sin tener que responder por delito alguno, modificación de medidas cautelares e inclusión de sus argumentos para valorarlos en el proceso penal concreto.

Lisnay María Mederos, fiscal jefe de la Dirección de Procesos Penales de la FGR, subrayó que el material probatorio determinó hechos que tipifican como delito de desorden público, instigación a delinquir, daños, robo con fuerza y robo con violencia, atentado y sedición.

En ese sentido, enfatizó en la gravedad de los hechos, la actuación con extrema violencia, las lesiones que pusieron en peligro la vida de personas, funcionarios y miembros de las fuerzas del orden y los daños a instituciones oficiales, en el particular y complejo escenario del enfrentamiento del país a la pandemia de la COVID-19.

Yojanier Sierra, presidente del Tribunal Provincial Popular de La Habana cuestionó la matriz de opinión en redes sociales que ataca directamente la transparencia de los procesos legales. Si bien se trataba de delitos novedosos para nosotros, estudiamos minuciosamente las causas, y respetamos cada una de las garantías establecidas, apuntó.

En ese sentido, todos los acusados asistieron a juicio con la representación de un abogado – contratado por ellos o de oficio – y tuvieron la posibilidad de comunicarse entre ellos para sentar las bases de la defensa.

Además, el proceso ha contado con numerosas pruebas documentales, periciales y testificales, ya fuera por parte de la FGR o la defensa.

En palabras del abogado Manuel Alonso, quien ha rechazado de forma contundente las pruebas presentadas por la Fiscalía, “no ha habido ninguna incidencia, ni en el juicio, ni durante la tramitación del proceso, y la familia tampoco nos ha comunicado inconformidad alguna”.

Así lo corroboran Eudanis Campos y Keyla Domínguez, madre y esposa de dos acusados, respectivamente, quienes reconocieron el papel de los abogados y la confianza en que se actúe con justicia y racionalidad. “Están haciendo el mejor trabajo”, aseguró la segunda.

Sobre los criterios que apuntan al procesamiento de menores, el abogado Francisco Javier Tapia expresó que la Ley Penal en Cuba es categórica respecto a este asunto, y plantea que la edad mínima para tener responsabilidad penal son los 16 años.

Aquellos autores con edades comprendidas entre 16 y 20 años tienen una protección especial por su edad y a ellos se le brindó toda la atención y tratamiento diferenciado e individualizado, reconoció Beatriz Peña, fiscal jefa del Departamento de Investigación y Supervisión de la Dirección de Procesos Penales de la FGR.

De acuerdo con pruebas presentadas por Cuba, los disturbios del pasado 11 de julio responden a la acciones del gobierno de los Estados Unidos para provocar la desestabilización del orden interno en la isla, en un contexto –también- de recrudecimiento del bloqueo económico, comercial y financiero contra la nación. (Fuente: Prensa Latina).



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